EL SUPREMO ACLARA QUIÉNES PUEDEN RECUPERAR LA PLUSVALÍA MUNICIPAL TRAS SU INCONSTITUCIONALIDAD

EL SUPREMO ACLARA QUIÉNES PUEDEN RECUPERAR LA PLUSVALÍA MUNICIPAL TRAS SU INCONSTITUCIONALIDAD

Hoy ha salido publicada la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 12/07/2023 por la cual finalmente se confirma que, con arreglo a lo dispuesto en la STC 182/2021, de 26 de octubre, las liquidaciones provisionales o definitivas por el Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que no hubieran sido impugnadas a la fecha de dictarse dicha sentencia, 26 de octubre de 2021, no podían ser impugnadas con fundamento en la declaración de inconstitucionalidad efectuada en la misma, al igual que tampoco podía solicitarse, con ese fundamento, la rectificación (art. 120.3 Ley General Tributaria), de autoliquidaciones respecto a las que aún no se hubiera formulado tal solicitud al tiempo de dictarse la STC 26 de octubre de 2021.
Ello sin perjuicio de que puedan alegarse otros motivos de inconstitucionalidad como los supuestos de minusvalía o por cualquier causa por la que el Ordenamiento Jurídico prevea su nulidad o anulabilidad.
En consecuencia, todos los recursos contra liquidaciones y las rectificaciones de dichas autoliquidaciones, que en la actualidad se hallen pendientes de resolución, serán desestimadas, salvo que se hayan alegados otras cuestiones y no la mera inconstitucionalidad declarada en la Sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021 de 26 de octubre.
Ahora bien, se atisba la posibilidad, por alguna de las consideraciones finales expuestas en la sentencia, de que el asunto pueda llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos por vulneración de derechos y principios constitucionales de los contribuyentes frente a la Hacienda Pública que, con este pronunciamiento, se ve reforzada.
Les iremos informando puntualmente de dicho asunto.
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