NOVEDADES FISCALES 2023

NOVEDADES FISCALES 2023

NOVEDADES FISCALES 2023

A continuación, detallamos las principales novedades legislativas que se han aprobado a finales de este año, y que introducen importantes medidas fiscales que en principio entraran en vigor a partir de 1 de enero de 2023.

No obstante lo anterior, debemos destacar que el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, será aplicable en los dos primeros ejercicios en los que se devengue a partir del 22 de diciembre de 2022, es decir, en 2022 y 2023.

1.- LEY 28/2022 DE 21 DE DICIEMBRE DE FOMENTO DEL ECOSISTEMA DE LAS EMPRESAS EMERGENTES (BOE 22 DE DICIEMBRE DE 2022) .

A través de dicha Ley se pretende dar un tratamiento diferenciado a las startups, respecto de las empresas con modelos de negocios convencionales, introduciendo medidas que afectan al ámbito mercantil, tributario y laboral de este tipo de empresas, asimismo también se modifica el régimen de trabajadores desplazados a territorio español (régimen de impatriados).

2.- LEY 31/2022 DE 23 DE DICIEMBRE DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2023, PGE (BOE DE 24 DE DICIEMBRE DE 2022) . 

Dicha Ley recoge importantes novedades de carácter tributario que afectan a un gran abanico de figuras impositivas, entre las que cabe destacar:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Se eleva la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y el umbral a partir del cual resulta aplicable:

  • Se incrementa la cuantía de salario bruto anual a partir de la cual se empieza a pagar IRPF, desde los 14.000 euros anuales vigentes en la actualidad hasta los 15.000 euros anuales.
  • Dicho incremento de la reducción se extiende hasta afectar a contribuyentes con un salario bruto anual de hasta 21.000 euros.
  • Se eleva el umbral inferior de la obligación de declarar de los perceptores de rendimientos del trabajo a 15.000 euros anuales

De manera correlativa, se adoptan diversas medidas en relación con los pequeños autónomos, entre las que cabe destacar las siguientes:

  • En iguales cuantías, se eleva la reducción aplicable a los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
  • Para el resto de trabajadores autónomos que determinen su rendimiento neto con arreglo al método de estimación directa simplificada (EDS), durante el período impositivo 2023 se eleva al 7 por ciento el porcentaje de gastos deducibles en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación.
  • Para aquellos que determinan el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo al método de estimación objetiva (EO), se eleva al 10 por ciento la reducción general aplicable sobre el rendimiento neto de módulos obtenido en el período impositivo 2023.

Tal como ya les adelantamos en nuestra News de 27 de octubre, con efectos 1 de enero de 2023 se incrementarán los tipos de gravamen de las rentas del ahorro, pasando a tributar según la siguiente escala:

Por último, se realizan mejoras técnicas en la regulación del límite de reducción en la base imponible por las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Con la finalidad de reducir la carga tributaria de las pequeñas empresas, se rebaja en dos puntos porcentuales el tipo de gravamen aplicable a aquellas entidades que tengan un importe de la cifra de negocios inferior a un millón de euros en el periodo impositivo anterior, pasando a tributar al 23%.
Las inversiones en determinados vehículos nuevos podrán amortizarse multiplicando por 2 el coeficiente de amortización máximo previsto en las tablas siempre que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en los años 2023, 2024 y 2025.

TRIBUTOS LOCALES

A efectos de armonizar a la jurisprudencia y normativa comunitaria, se revisan los supuestos de modificación de la base imponible cuando el deudor es declarado en concurso de acreedores, o cuando el crédito es incobrable, estableciéndose, entre otras novedades, la posibilidad de sustituir la reclamación judicial o requerimiento notarial previo al deudor por cualquier otro medio que acredite fehacientemente la reclamación del cobro a este deudor. Asimismo, se extiende a seis meses el plazo para proceder a la recuperación del IVA desde que el crédito es declarado incobrable.

3.- LEY 38/2022  DE 27 DE DICIEMBRE PARA EL ESTABLECIMIENTO DE GRAVÁMENES TEMPORALES ENERGÉTICO Y DE ENTIDADES DE CRÉDITO Y ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS DE CRÉDITO Y POR LA QUE SE CREA EL IMPUESTO TEMPORAL DE SOLIDARIDAD DE GRANDES FORTUNAS (BOE DE 28 DE DICIEMBRE DE 2022) .

Entre las medidas temporales incluidas en este Real Decreto-Ley cabe destacar las siguientes:

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

  • Se suprime el IVA de los productos frescos hasta el 30 de junio o hasta que la inflación subyacente baje del 5,5%. El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,0%.
  • Se reduce del 10% al 5% el del aceite y las pastas alimenticias hasta el 30 de junio o hasta que la inflación subyacente baje del 5,5%.El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,625%.
  • Con efectos durante todo el 2023 se prorroga la aplicación del tipo impositivo del el 5% del IVA al gas natural, briquetas y pellets.
  • Adicionalmente, se prorroga durante todo 2023 la reducción del IVA de la electricidad y del impuesto especial sobre la energía eléctrica y se mantiene la suspensión temporal del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, para que los productores de electricidad puedan seguir ofertando precios más competitivos.
  • El IVA de las mascarillas quirúrgicas seguirán gravadas al 4% durante el primer trimestre del 2023.
  • Las vacunas y pruebas diagnósticas mantendrán un gravamen del 0% que estarán vigentes hasta el 30 de junio de 2023.

MORATORIA CONTABLE

Se prorroga durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024 la no consideración de las pérdidas sufridas en 2020 y 2021 como causa de disolución por pérdidas prevista en la Ley de Sociedades de Capital, con el objetivo de permitir que las empresas viables puedan disponer de un plazo suficiente y definitivo para normalizar su situación.

MEDIDAS ARRENDAMIENTOS

Entre otras medidas, se prolonga hasta el 31 de diciembre de 2023 la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda (artículo 18 de la LAU), de manera que, en defecto de acuerdo entre las partes, la actualización de la renta no pueda superar el resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad.

DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD

El Real Decreto-ley incorpora también una modificación legislativa para aclarar el derecho a seguir percibiendo la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a partir de 1 de enero de 2023, aun cuando alguno de los progenitores tuviera derecho al complemento de ayuda para la infancia respecto del mismo descendiente. De esta forma, se evita que el reciente cambio normativo llevado a cabo en esta materia perjudique a las familias que hasta ahora venían disfrutando de esa ayuda.

AYUDAS PARA SECTORES Y FOMENTO DEL TRANSPOORTE PÚBLICO

Entre otras medidas en este ámbito, la norma aprobada reemplaza la bonificación general de 20 céntimos por litro de gasolina por medidas más específicas dirigidas a fomentar el uso del transporte público y por ayudas a sectores más dependientes del uso de los carburantes, más expuestos a las fluctuaciones de precios.

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL

Se prorroga el SMI de 2022 para 2023, mientras no se llegue a un acuerdo en relación a su subida.

5.- ORDEN HFP/1314/2022, DE 28 DE DICIEMBRE, RELATIVA AL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LOS ENVASES DE PLÁSTICO NO REUTILIZABLES (BOE DE 30 DE DICIEMBRE DE 2022) .
Como ya comentamos en la News que les remitimos el pasado 1 de diciembre, a partir del 1 de enero de 2023 entra en vigor el Impuesto Especial sobre los Envases de plástico no reutilizables. Con fecha de hoy se ha publicado en el BOE la Orden Ministerial que aprueba los modelos relativos a dicho impuesto y determina la forma y procedimiento para su presentación, regulándose, así mismo, la inscripción en el registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias.

¡Aprovechamos la ocasión para desearles un MUY FELIZ AÑO
2023!
No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.